21/03/2023

Histórica audiencia pública en la Corte IDH sobre la prohibición del aborto en El Salvador

Fuente: telam

Durante la audiencia pública que se realizará en la sede de la Corte IDH en Costa Rica, está prevista la declaración de 42 personas propuestas tanto por los demandantes como por el Estado del país que afectó gravemente a una mujer cuyos derechos humanos esenciales habrían sido violados. 

21-03-2023 | 18:53

Las activistas esperan también que la Corte IDH ordene "medidas de no repetición".

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) convocó a una audiencia pública que comenzará este miércoles y se prolongará hasta el jueves para resolver el emblemático “Caso Beatriz contra El Salvador”, que implicará pronunciarse, por primera vez, sobre la prohibición absoluta del aborto en ese país y que podría obligar a esa nación centroamericana a modificar su legislación.

La denuncia que tiene en evaluación la Corte IDH es por reiteradas violaciones a los derechos de Beatriz y su familia ya que el Estado salvadoreño impidió que la joven tuviera la posibilidad de acceder a una interrupción legal, temprana y oportuna de su proceso de gestación a pesar de que se trataba de un embarazo inviable y con riesgo para la vida, salud e integridad personal.

Durante la audiencia pública que se realizará en la sede de la Corte IDH en Costa Rica, está prevista la declaración de 42 personas propuestas tanto por los demandantes como por el Estado de El Salvador.

Los familiares de Beatriz son acompañados por diferentes agrupaciones feministas, y en redes sociales han sostenido que esta audiencia será un acto de "justicia" para los derechos humanos de las mujeres.

"Al conocer todas las violaciones de derechos que enfrentaron Beatriz y su familia, esperamos que el Estado salvadoreño sea condenado", declaró en rueda de prensa Sara García, de la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto Terapéutico, Ético y Eugenésico (Acdatee).

El Código Penal de El Salvador impone al aborto una condena de dos a ocho años de cárcel por abortar, pero fiscales y jueces tipifican con frecuencia los casos de pérdida del embarazo como homicidio agravado, delito que se castiga con penas de 30 a 50 años de prisión

Las activistas esperan también que la Corte IDH ordene "medidas de no repetición" y propicie "cambios estructurales" en la legislación salvadoreña, que prohíbe en forma absoluta el aborto, dijo García.

El Código Penal de El Salvador impone una condena de dos a ocho años de cárcel por abortar, pero fiscales y jueces tipifican con frecuencia los casos de pérdida del embarazo como homicidio agravado, delito que se castiga con penas de 30 a 50 años de prisión.

En 2013 Beatriz, una joven que vivía en situación de extrema pobreza y ya tenía un hijo, fue diagnosticada con un embarazo de once semanas, que fue considerado de alto riesgo dado que padecía lupus, nefropatía lúpica y artritis reumatoidea.

Posteriormente se diagnosticó que el feto era anencefálico, incompatible con la vida extrauterina, y que si el embarazo avanzaba existía la probabilidad de muerte materna para esta mujer que tenía entonces un bebé de menos de un año.

La defensa legal de Beatriz presentó una demanda de amparo solicitando la interrupción del embarazo para salvar su vida, la cual fue admitida por la Sala Constitucional, instancia que dictó una medida cautelar para garantizar su vida y salud física y mental.

En mayo de ese año, la misma Sala rechazó la demanda de amparo al considerar que no hubo una conducta omisiva por parte de las autoridades demandadas.

Al elevar el caso a la Corte IDH en febrero del año pasado, la Comisión IDH consideró que “si bien la protección de la vida desde la concepción constituye un fin legítimo, la criminalización de la interrupción del embarazo cuando existe incompatibilidad del feto con la vida extrauterina no logra satisfacer el requisito de idoneidad”
 
Debido a la situación de riesgo en la que se encontraba Beatriz, la Comisión IDH y la Corte IDH otorgaron medidas cautelares y provisionales en su favor.

El 3 de junio de 2013 Beatriz comenzó con trabajo de parto, por lo que debió ser sometida a una cesárea. El feto anencefálico falleció cinco horas después. Duramente afectada por esta experiencia, la joven falleció cuatro años después, en 2017.

Al elevar el caso a la Corte IDH en febrero del año pasado, la Comisión IDH consideró que “si bien la protección de la vida desde la concepción constituye un fin legítimo, la criminalización de la interrupción del embarazo cuando existe incompatibilidad del feto con la vida extrauterina no logra satisfacer el requisito de idoneidad”

Asimismo, entre otros aspectos, se estableció que las afectaciones y riesgos a los derechos a la vida, salud, integridad personal y vida privada de Beatriz como consecuencia de la falta de acceso a la interrupción del embarazo, alcanzaron en el caso una máxima severidad.

La Comisión IDH estableció que la penalización del aborto, en particular la prohibición bajo toda circunstancia y sin excepción, puede incentivar a que las mujeres recurran a abortos ilegales e inseguros, poniendo en riesgo su salud física y mental e, incluso, su propia vida.

Se consideró además que el dolor y sufrimiento que atravesó Beatriz desde que solicitó la interrupción del embarazo y aún con posterioridad al nacimiento y muerte del feto, constituyeron tratos crueles, inhumanos y degradantes. Etiquetas:
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