El Ejecutivo apelará el fallo sobre el voto por correo
Así lo anticiparon a Télam fuentes oficiales, quienes defendieron la legalidad del Decreto 45/2019. Este jueves, la jueza María Servini dictó la inconstitucionalidad de la posibilidad de que los argentinos que viven en el exterior emitan su voto vía postal.
Así lo anticiparon a Télam fuentes oficiales, quienes defendieron la legalidad del Decreto 45/2019, dictado en enero pasado, que sumó como alternativa para el voto de los argentinos residentes en el exterior la de emitir el sufragio por correo postal, con la idea de que este sistema conviva con la tradicional votación presencial -previa inscripción- en las sedes consulares habilitadas para ese fin.
Según los registros oficiales, tan sólo tres de cada cien argentinos residentes en el exterior y en condiciones de votar, efectivamente lo hicieron en las elecciones presidenciales del 2015; lo que representa apenas 10.000 personas sobre un total de 360.000 en condiciones de sufragar.
En una resolución dictada el lunes último pero que recién trascendió este jueves, la jueza federal con competencia electoral María Servini declaró inconstitucional al decreto que habilitó la votación por correo postal
con el argumento de que las normativas "que modifiquen el régimen electoral y de partidos políticos deberán ser aprobados por mayoría absoluta del total de los miembros de las Cámaras".